Capacítate y maneja el factor ambiental en Proyectos inmobiliarios

Escrito por: Mariana - Experta en desarrollo de carrera - eClass

Sin duda, es clave manejar las medidas de mitigación, compensación, y neutralización de proyectos inmobiliarios. ¡Revísalo a continuación!

Tratándose de los megaproyectos inmobiliarios, que se someten a la evaluación de la autoridad ambiental bajo la forma de un EIA, es obligatorio que el proponente señale las medidas de mitigación, compensación y neutralización del impacto ambiental que generan dichos proyectos. Mientras que, tratándose de evaluaciones vía una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), dichas medidas pueden proponerse de manera voluntaria, pero si se incorporan, existe obligación por parte del proponente a cumplirlas.

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Es así como resulta interesante tener presente algunas medidas de mitigación, compensación y neutralización del impacto ambiental que se presentan tratándose de megaproyectos inmobiliarios, como:

  • Frente a decisiones en la red vial.

  • Frente a la pérdida de biodiversidad.

  • Frente a la pérdida de la capacidad de renovación de los acuíferos.

  • Frente a la intensificación de la ocupación del suelo.

En este caso, resultan interesantes las medidas de mitigación del proyecto Costanera Center, las que están enfocadas mayoritariamente a la movilidad y seguridad vial, con énfasis en los modos de transporte peatonales y cicloviales.

 

Exigencias ambientales durante el proceso de construcción de proyectos inmobiliarios

El artículo 5.8.3. de la OGUC se refiere, en términos generales, a la normativa aplicable para controlar los impactos ambientales durante los procesos de construcción de los proyectos. Al efecto indica: “En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas:

1.- Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material:

  • Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

  • Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6.

  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

  • Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

  • Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

  • Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

  • La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

  • Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

El Director de Obras Municipales podrá excepcionalmente eximir del cumplimiento de las medidas contempladas en las letras a), d) y h), cuando exista déficit en la disponibilidad de agua en la zona en que se emplace la obra. No obstante, estas medidas serán siempre obligatorias respecto de las obras ubicadas en zonas declaradas latentes o saturadas por polvo o material particulado, en conformidad a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.

2.- Se prohíbe realizar faenas y depositar materiales y elementos de trabajo en el espacio público

Excepto en aquellos espacios públicos expresamente autorizados por el Director de Obras Municipales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior.

3.- Mantener adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la obra

Cuando en dicho espacio existan árboles y jardines, deberá mantenerlos en buenas condiciones y reponerlos si corresponde.

4. Por constituir las faenas de construcción fuentes transitorias de emisión de ruidos

Con el objeto de controlar su impacto, el constructor deberá entregar, previo al inicio de la obra, un programa de trabajo de ejecución de las obras que contenga los siguientes antecedentes:

  • Horarios de funcionamiento de la obra.

  • Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.

  • Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, si lo hubiere.

5. En los casos que la faena contemple la utilización de explosivos, debe obtenerse la autorización correspondiente

Según lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 400, de 1977, del Ministerio de Defensa, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 17.798, sobre Control de Armas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 77 de 1982, del Ministerio de Defensa, publicado en el Diario Oficial de 14 de agosto de 1982 y sus modificaciones.

6. En los casos que la faena contemple adosamientos en subterráneos

Con anterioridad al inicio de la construcción de la parte adosada, el constructor deberá informar al vecino, señalando las medidas de seguridad y de estabilidad estructural adoptadas y los profesionales responsables de la obra.

Estas exigencias serán registradas en el informe de las medidas de gestión y de control de calidad que debe presentar el constructor a cargo de la obra ante la Dirección de Obras Municipales correspondiente”.

Estadísticas relevantes

Entre los años 2014 y 2021, han ingresado al SEIA 6.657 proyectos, inversión que supera los US$390.000 millones. De estos:

  • 765 han ingresado este año, que suman una inversión de más de US$48.400 millones.

  • De aquellos proyectos ingresados el 2021, 96 corresponden a la industria inmobiliaria y 386 al sector productivo de la energía, con inversiones de US$4.778 millones y US$34.626 millones respectivamente.

  • Otros rubros con gran cantidad de proyectos en proceso de calificación son la minería y la pesca y acuicultura, que en conjunto suman 151 proyectos ingresados en lo que va del 2021.

Sigue aprendiendo más sobre esta interesante temática y revisa el artículo "¿Por qué es importante la fusión de predios en el Derecho Urbanístico?".

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